Manuel Sánchez de Diego
manuels@ccinf.ucm.es
Hay varios temas que nos preocupan, todos ellos relacionados
de alguna forma con la crisis económica. La corrupción, la inestabilidad del
sector financiero, el coste de las autonomías, la responsabilidad de los
gestores, el despilfarro, las subvenciones innecesarias, la desconfianza hacia
los políticos… son algunos. La opacidad del poder ha permitido muchos de esos
desmanes. España es uno de los pocos países occidentales sin ley de
transparencia, el único de más de un millón de habitantes de la Unión Europea. No
es de extrañar que muchas fuerzas políticas promuevan la aprobación y
desarrollo de una Ley de Acceso a la Información Pública y de Transparencia. Se
trata de algo loable y deseable aunque podemos preguntarnos sobre la sinceridad
de sus intenciones.
El Partido Socialista fue incapaz de aprobar en las dos
últimas legislaturas una Ley de Acceso a la Información Pública y Transparencia,
incumpliendo así sus programas electorales del 2004 y del 2008. Ese Gobierno a la vez que ilusionaba con un
proyecto oculto de ley de transparencia, dictaba el 15 de octubre de 2010 un
acuerdo secreto que declara secretos una larga lista de materias relacionadas
con las relaciones exteriores.
El Partido Popular cuando llegó al Gobierno puso como
objetivo prioritario aprobar una Ley de Transparencia. El Gobierno cumplió su
promesa de presentar un texto en los 100 primeros días, el Anteproyecto de Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Buen Gobierno. Varios eran los motivos de esperanza en este viaje hacia la
transparencia: se hacía público un texto; se habían consultado a las
organizaciones que trabajan sobre estas cuestiones, en particular a la Coalición
Pro Acceso que agrupa a más de 50 instituciones de la sociedad civil (Access
Info, Transparencia Internacional, Archiveros de la Función Pública, Civio…);
se había sometido el Anteproyecto a
consulta pública hasta el 11 de abril, permitiendo el envío de comentarios
(3669 on line y 14 por registro); en facebook se había publicado el Anteproyecto artículo
a artículo con posibilidad de comentarlo; incluso se había convocado a un grupo
de expertos en el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales dependiente del
Ministerio de la Presidencia.
Parecía que todo marchaba bien encarrilado, aunque persistían
algunas dudas que se van acrecentando. No se había dado a conocer la
documentación prevista en el artículo 23.3 de la Ley del Gobierno: la memoria, los
estudios sobre la necesidad y oportunidad, un informe sobre el impacto por
razón de género o la memoria económica con la estimación del coste de la puesta
en marcha de la nueva ley de transparencia. Tampoco se dio publicidad a los
casi 3.700 comentarios de la Ley. Ni siquiera se ofreció esta información a los
expertos. Creció la desconfianza cuando antes que los expertos terminaran su
trabajo, se envió un nuevo texto a la Agencia Española de Protección de Datos
para que informara. Además, las modificaciones introducidas en este nuevo texto
eran mínimas y como se manifestó desde el Gobierno solo se incorporaron
aquellas que se sometían a “la filosofía de esta ley”.
Cuando se solicitó que se hicieran públicas las casi 3.700 aportaciones
de la consulta pública, desde el Gobierno se dijo que no era posible porque
eran “correspondencia”, pues en ellas figuraba el nombre y email de los que
participaron y no se había pedido su consentimiento para divulgarlo. Argumento
discutible, al menos por tres razones. La primera que se trata de una consulta
pública –con todo lo que eso significa de actuación pública‑, no
correspondencia privada. Participar en una consulta pública es como asistir a
una manifestación, lo que implícitamente supone la publicidad de la actuación.
Además, las aportaciones pueden divulgarse quitando el nombre y datos
personales de quien las hizo. Otra razón la encontramos que en el 2010 se
difundieron sin ningún problema las aportaciones de la consulta pública a la que
se sometió el Reglamento de Reutilización de la Información Pública. En último
caso, tampoco es muy complicado preguntar a los que participaron en la consulta
pública si consiente que se divulgase su nombre junto a la propuesta. Tienen
sus correos electrónicos y, en mi caso, en este mismo momento doy mi
autorización para publicar mis comentarios.
Nos podemos preguntar ¿Por qué el Gobierno está actuando de
esta forma? Para algunos se puede tratar de una cuestión de arrogancia de
quienes defiende a capa y espada un Anteproyecto muy contestado. Otros pueden
pensar que es un problema puntual de sigilo. La discreción parece ser un
elemento esencial para salir de la crisis. Por ejemplo, en este momento “complicado”
–se dice- "no tiene demasiado sentido" debatir "justo” ahora
sobre la gestión que se ha llevado a Bankia… Quizás ese necesario sigilo haya
contaminado el proceso de discusión pública de la Ley de Transparencia. Se
trata de sacar cuanto antes la Ley de
Transparencia sin demasiados cambios y con un derecho de acceso a la
información subordinado a la transparencia. Otra razón, para mí la más
plausible, se encuentra en la oposición de algunas fuerzas nacionalistas a que el
Estado o cualquier autoridad independiente exijan la transparencia en su ámbito
territorial. Esta sería la razón por la que al derecho de acceso a la
información pública se le niegan la naturaleza de derecho fundamental. .Y esto
es así, porque existe miedo a un recurso de inconstitucionalidad por parte de
las Comunidades Autónomas. Por eso, si se trata de mera cuestión de transparencia
administrativa, entonces las autonomías sí que tienen competencia. En la
actualidad ya hay comunidades autónomas que tratan de desarrollar su propio
sistema de transparencia antes que el Estado se “atreva” a desarrollar un
derecho fundamental.
En este proceso de consolidación de la transparencia es
esencial reconocer el derecho a acceder a la información pública como derecho
fundamental y garantizarlo con una autoridad independiente, no con un órgano
administrativo inserto en un ministerio. No sólo es importante conseguir una
buena ley, también es importante el proceso que se está llevando. El cómo se
está haciendo. Se comenzó bien, pero últimamente la ciudadanía está
desconfiando. ¿Tan complicado es hacer las cosas correctamente? Los compromisos
internacionales del Gobierno Abierto, la ratificación del Convenio Europeo
sobre Derecho de Acceso a la Información Pública y, lo que es más importante,
la confianza pública, la confianza de la ciudadanía exigen hacer las cosas bien
y explicarlas mejor.
Quizás este Gobierno está sobradamente preparado, los retos
son inmensos y la transparencia sólo es un reto más –posiblemente no el más
importante‑, pero en todo caso es una asignatura pendiente que hay que superar.
Mejor con un sobresaliente que con un mero aprobado.
El proyecto de Ley de Transparencia, Acceso a la Información
y Buen Gobierno ya se encuentra en el Congreso de los Diputados. Se ha remitido
a la vez de otro proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica, del Código Penal,
en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y
lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social. En este último texto se agravan los delitos
contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social, se introduce un nuevo
tipo penal para sancionar las conductas de ocultación, simulación y falseamiento
de las cuentas públicas (el 443 bis) y, se modifica la Ley Orgánica de Régimen
Electoral incluyendo como inelegibles los sancionados por la comisión de las
infracciones reguladas en los artículos 25 y 26.1 de la futura Ley de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. Ya en su
momento manifestamos que formalmente la inelegibilidad debía establecerse por
medio de una Ley Orgánica, así se ha hecho ahora. Subsiste la duda que por
medio de una sanción administrativa –en lugar de una decisión judicial- pueda
privarse a una persona de un derecho tan
esencial en una democracia como es el sufragio pasivo ‑derecho a ser elegido.
Hasta el 25 de septiembre los señores diputados pueden
presentar enmiendas a dos proyectos que pueden y deberían ser mejorados
sustancialmente. Varias son las preguntas que se deberían hacerse: ¿No sería
mejor que la materia referida al Buen Gobierno se regulara en una norma propia,
ya que su vinculación con la transparencia es mínima? ¿Por qué el derecho de
acceso está subordinado a la transparencia? ¿No sería más correcto lo
contrario? ¿Cómo se puede decir que hay que cambiar la Constitución para
desarrollar un derecho fundamental a acceder a la información pública? Entonces
¿Por qué no se hizo con el derecho a la protección de datos? ¿Qué miedo hay
para que todos los poderes del Estado, las comunidades autónomas, las entidades
locales, partidos políticos, sindicatos… se sometan al derecho de acceso y a la
transparencia? ¿Por qué no se crea una auténtica autoridad independiente que
promueva y controle el acceso a la información pública?
Aprobar el Proyecto tal y como está, aumentará la
desconfianza entre la sociedad civil y el poder político. Por el contrario, si desde
Las Cortes españolas son capaces de hacer unas normas que apoderen a las
personas para conocer qué es lo que hay detrás de la ventanilla, en qué se
gastan sus impuestos y como está actuando quienes gobiernan; en este caso, es
posible que se restablezca la confianza en nuestros políticos y dirigentes.
Al final, ¿merecería la pena aprobar una ley de
transparencia que la sociedad civil y los expertos calificaran con un suspenso?
Una buena ley de transparencia es un buen punto de apoyo para que las personas,
la ciudadanía y la sociedad civil puedan mejorar nuestro país. Una mala ley
será un mal punto de apoyo y quebrará los esfuerzos para transformar la
realidad política. La desilusión y el esfuerzo inútil significarán un mayor
desprestigio de quienes aprobaron esa mala ley. Por ello, no, no merece la pena
una mala ley. Mejor que no nos den nada, a que nos den gato por liebre.
No hay comentarios:
Publicar un comentario